miércoles, 24 de abril de 2024
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‘Urgencia manifiesta’ proponen concejales para solucionar rápido lío del PAE


'Urgencia manifiesta' proponen concejales para solucionar rápido lío del PAE 1
RP
Redacción PDM

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Durante audiencia virtual de este miércoles, los concejales de la bancada del Partido Liberal, en compañía con la bancada del Polo Democrático, citaron al jefe de la Oficina de Contratación de Villavicencio, Franklin Alberto Marín Garzón, para que resolviera las inquietudes del concejo respecto al proceso de contratación del Plan de Alimentación Escolar (PAE).

El concejal Omar López indicó que fueron 11 preguntas las que realizaron a la Oficina de Contratación con el propósito de resolver inquietudes que se tenían del proceso que terminó en escándalo por cuenta de la falsificación de un documento por parte del proponente ganador.

Después de escuchar la intervención del funcionario, el concejal Fabián Bobadilla, del Partido Verde, reconoció que es aliado del gobierno municipal y por ello sugirió como solución declarar una Urgencia Manifiesta para que sea más rápida la entrega de las raciones para preparar en la casa de los más de 46 mil estudiantes de Villavicencio beneficiados, y que a la fecha no han recibido la primera ración.

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Según expertos, si se vuelve a licitar el proceso duraría alrededor de un mes y medio.

“Lo que propongo de manera muy respetuosa es que apliquemos la Ley 80 del 93 que es lo que se llama ‘Urgencia Manifiesta’ que es lo que puede permitir que en casos fortuitos como el que se está presentando en este momento donde tenemos una dificultad provocada no por esta administración sino por el ente que se presume quería contratar este proyecto, se le pueda dar la posibilidad que se adjudique por el tiempo que dura la licitación para así suplir la necesidad de poder cumplir con el PAE para los niños, esta Urgencia Manifiesta nos permite a nosotros este tipo de contratación rápida”, indicó el concejal Fabián Bobadilla.

Por otro lado, el concejal Omar López, quien citó al funcionario de la Oficina de Contratación al control político indicó que “del afán solo queda el cansancio y si se tiene que hacer de la manera más tranquila pero más acertada que se tome, pero el problema de hacer un nuevo proceso contractual de contratación es que conlleva más tiempo y a que los niños de Villavicencio se vean afectados”.

El concejal López no estuvo de acuerdo con la urgencia manifiesta pues según él no va con el discurso de la administración del Alcalde Felipe Harman.

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“Lo que no queremos es entrar a este tipo de mecanismos que en su momento el alcalde de Villavicencio se manifestó en contra de ello, lo que menos queremos es que se tome esa medida que fue solicitada por algunos concejales, yo creo que en ánimo de ser coherente y de poder llevar una solución a la ciudadanía es que no se tomen esas medidas que no solo son contra el discurso de la administración, sino que no son en materia contractual por ley, creo que se tiene que iniciar de nuevo”.

Por su parte el Jefe de Contratación le dijo al concejo que  “estamos frente a una situación indudablemente compleja que como algunos de ustedes lo señalaron nos ofrece varias opciones: una puede ser la urgencia manifiesta, pero ello merecerá un análisis, de hecho, estamos trabajando con nuestro equipo jurídico en ello; otra opción es la del convenio de asociación utilizando el decreto 92 del 2017; la siguiente puede ser acudir a la tienda virtual;  y una más que sería la primera, acudir al mecanismo de la licitación pública”.

Igualmente, el jefe de contratación manifestó que no se van a tardar más de esta semana para resolver que camino coger para solucionar el Plan de Alimentación Escolar.

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¿Qué es la urgencia manifiesta?

Según la Corte Constitucional una urgencia manifiesta es una situación que puede decretar directamente cualquier autoridad administrativa sin que medie autorización previa, a través de acto debidamente motivado.

Para que se configure tiene que acreditarse la existencia de uno de los siguientes presupuestos

– Cuando la continuidad del servicio exija el suministro de bienes, o la prestación de servicios, o la ejecución de obras en el inmediato futuro.

– Cuando se presenten situaciones relacionadas con los estados de excepción.

– Cuando se trate de conjurar situaciones excepcionales relacionadas con hechos de calamidad o constitutivos de fuerza mayor o desastre que demanden actuaciones inmediatas y, en general, cuando se trate de situaciones similares que imposibiliten acudir a los procedimientos de selección o concurso públicos.

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