viernes, 29 de marzo de 2024

Siniestros viales aumentaron 50% en la semana del receso escolar


Siniestros viales aumentaron 50% en la semana del receso escolar 1
La Policía implementó retenes en las vías, pero los accidentes fueron más que el año anterior.
RP
Redacción PDM
  • Publicado en Oct 18, 2022
  • Sección Región

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Aunque la operación retorno realizada ayer por las principales vías del Meta resultó tranquila y sin mayores novedades, la semana del receso escolar sí fue mortal para los conductores.

La Policía Metropolitana de Villavicencio (Mevil) reportó que los siniestros viales aumentaron este año en un 50%. Para el 2021 se registraron 6 accidentes, que dejaron como resultado 9 personas lesionadas y 2 personas fallecidas, mientras que para este año esa cifra aumentó a 12 accidentes de tránsito con 12 personas lesionadas y 5 fallecidas.

Las cifras se explican porque también hubo un aumento en la movilización de vehículos por los ejes viales del departamento en un 17% más que el año anterior.  Según la Mevil, desde el viernes 7 de octubre cuando inició el ‘Receso Escolar’, ingresaron al departamento del Meta 226.436 vehículos y salieron 232.436, para un total de 458.9515 vehículos que se movilizaron por los cuatro ejes viales; en el 2021 esa cifra llegó a 393.055 carros movilizados.

Por ello, la Policía Nacional redobló sus esfuerzos haciendo presencia masiva en los diferentes ejes viales para ejercer control en las vías, entregar recomendaciones de seguridad, recordar las normas de tránsito y garantizar que los viajeros regresen seguros a sus lugares de origen.

Autoridades de tránsito ya no intervienen en accidentes sin lesionados 

Con la aprobación de la Ley 2251 de 2022, denominada también ‘Ley Julián Esteban’, del pasado 14 de julio, las autoridades de tránsito ya no intervienen en accidentes de tránsito donde se reporte que no hay lesionados.

Esa ley estableció que cuando ocurra un siniestro vial en que no haya heridos, pero sí daños materiales, no habrá necesidad de levantar el Informe Policial de Accidente de Tránsito (IPAT) y en consecuencia no acudirán las autoridades.

El artículo 16 de la Ley ‘Julián Esteban’ estableció que los accidentes de tránsito donde solo se causen daños materiales en los que resulten afectados vehículos asegurados o no asegurados, inmuebles, cosas o animales y no se produzcan lesiones personales, los conductores, aseguradoras y demás interesados podrán hacer una conciliación.

Eso si los involucrados en el accidente se encargarán de recaudar las pruebas relativas a la colisión mediante la utilización de herramientas técnicas y tecnológicas, que permitan la atención de este en forma oportuna, segura y que garantice la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta y uso probatorio de la información.

“Los involucrados en el accidente tendrán que tomar el registro fotográfico, video o material probatorio, para posteriormente ir a una conciliación entre las partes y ya no habrá necesidad de levantar el IPAT”, explicó el secretario de Movilidad, Mauricio Frías.

E independientemente de que los vehículos involucrados en un accidente de este tipo estén asegurados o no, los conductores deben retirar de inmediato los vehículos colisionados y todo elemento que pueda interrumpir el tránsito y acudir a los centros de conciliación autorizados por el Ministerio de Justicia.

“Si las partes no mueven los vehículos, el agente de tránsito estará en la obligación de hacer el diligenciamiento de la orden de comparendo por obstrucción en vía pública de los vehículos”, agregó Frías.

 


RP
Redacción PDM

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