Abogado continuó litigando a pesar de estar inhabilitado por corrupción en el Meta

- Publicado en Ago 06, 2024
- Sección Región


La Comisión Nacional de Disciplina Judicial ha reafirmado la sanción impuesta en primera instancia contra Rigaúl Sanclemente Cardona, un abogado que infringió el artículo 39 de la Ley 1123 de 2007 al asumir la representación legal de dos ciudadanos, a pesar de estar condenado a 118 meses de prisión y una multa de 88 salarios mínimos por el delito de concusión.
Este caso se originó el 9 de junio de 2016, cuando la Policía Nacional y el CTI de la Fiscalía desmantelaron una presunta red de sobornos para la emisión de fallos favorables en casos de restitución de tierras en los Llanos Orientales. Durante este operativo, se capturó en Villavicencio a un juez de restitución de tierras, a una asistente de su despacho y a un escribiente.
Aunque el juez fue liberado, los otros dos funcionarios fueron detenidos tras encontrarse pruebas de que habían recibido una gran suma de dinero relacionada con la adjudicación de un predio de 1,800 hectáreas en el Vichada, por la cual se habrían cobrado 100 millones de pesos a un ganadero.
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El escribiente, condenado el 20 de septiembre de 2016 por el Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Villavicencio, resultó ser Rigaúl Sanclemente Cardona, quien en abril de 2019 asumió la representación de dos ciudadanos en procesos ejecutivos radicados en Bogotá. La Jurisdicción Disciplinaria confirmó que Sanclemente Cardona actuó en esos casos hasta enero de 2021, a pesar de estar inhabilitado para ejercer.
A pesar de haber solicitado autorización para trabajar como abogado litigante en enero de 2019, su petición fue denegada. Volvió a pedir autorización en noviembre del mismo año, pero nuevamente le fue negada en marzo de 2020. No obstante, Sanclemente Cardona continuó ejerciendo, lo que llevó a su sanción por no respetar la prohibición de ejercer la profesión.
Durante el proceso disciplinario, Sanclemente Cardona admitió su responsabilidad y confesó la falta, lo que llevó a la Comisión Nacional de Disciplina Judicial a ratificar su suspensión por dos meses, como inicialmente había decidido la Comisión Seccional de Bogotá en marzo de 2024.
Esta decisión, con ponencia de la magistrada Magda Victoria Acosta Walteros, subraya la importancia de respetar las sanciones legales y las restricciones profesionales impuestas por la justicia, garantizando así la integridad del ejercicio legal en el país.
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