¿Hasta cuándo deben pagar los intereses de las cesantías en Colombia?
- Publicado en Ene 08, 2026
- Sección Nacional
Los trabajadores en Colombia cuentan cada año con un ingreso adicional correspondiente a los intereses de las cesantías, un derecho laboral obligatorio que los empleadores deben cumplir dentro de los plazos establecidos por la ley.
De acuerdo con la normatividad vigente, el pago de los intereses sobre las cesantías debe realizarse, como fecha límite, el 31 de enero de cada año, y corresponde a las cesantías causadas durante el año inmediatamente anterior. Este dinero no se consigna en el fondo de cesantías, sino que debe ser pagado directamente al trabajador, generalmente junto con la nómina de enero.
La ley establece que estos intereses equivalen al 12 % anual sobre el valor total de las cesantías acumuladas al 31 de diciembre, o de manera proporcional si el trabajador no laboró el año completo. Por ejemplo, si un empleado acumuló cinco millones de pesos en cesantías, el valor de los intereses sería de 600 mil pesos.

El incumplimiento de este pago dentro del plazo legal puede acarrear sanciones para el empleador, quien estaría obligado a reconocer una indemnización equivalente al valor de los intereses dejados de pagar. Además, este ingreso es considerado un derecho irrenunciable del trabajador, no está sujeto a impuestos y, salvo excepciones legales, no puede ser embargado.
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Expertos en temas laborales recomiendan a los trabajadores verificar sus comprobantes de nómina y, en caso de no recibir el pago dentro del plazo establecido, acudir a la oficina de talento humano de su empresa o presentar la respectiva queja ante el Ministerio del Trabajo.
El pago oportuno de los intereses de las cesantías no solo representa una obligación legal para los empleadores, sino también un alivio económico clave para miles de familias colombianas al inicio del año.
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