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domingo, 21 de septiembre de 2025
Pico y placa : No aplica

JEP sentencia a ‘Timochenko’, ‘Pablo Catatumbo’ y otros exjefes de Farc-EP por secuestros

JEP sentencia a 'Timochenko', 'Pablo Catatumbo' y otros exjefes de Farc-EP por secuestros 1
Foto: JEP
RP
Redacción PDM

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La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) emitió su primera sentencia en el Caso 01 sobre secuestros, en la que condenó al último Secretariado de las extintas Farc-EP a la máxima Sanción Propia prevista en el Acuerdo Final de Paz: ocho años de trabajos restaurativos en beneficio de las víctimas.

Los sancionados son Rodrigo Londoño Echeverri, alias ‘Timochenko’; Pablo Catatumbo Torres Victoria, ‘Pablo Catatumbo’; Pastor Alape Lascarro, ‘Pastor Alape’; Milton de Jesús Toncel Redondo, ‘Joaquín Gómez’; Jaime Alberto Parra Rodríguez, ‘El médico’; Julián Gallo Cubillos, ‘Carlos Antonio Lozada’; y Rodrigo Granda Escobar, ‘Ricardo Téllez’; quienes fueron declarados máximos responsables por crímenes de guerra —como toma de rehenes, homicidios y tortura— y de lesa humanidad —entre ellos desapariciones forzadas, esclavitud y violencia sexual— cometidos entre 1993 y 2012.

Se trata de un hito judicial sin precedentes: nunca antes estos comparecientes habían rendido cuentas ante la justicia ordinaria, donde la impunidad por estos crímenes alcanzaba el 92%. La sentencia documenta además la magnitud de los secuestros, sus impactos psicosociales, comunitarios y ambientales, así como las dinámicas criminales que los hicieron posibles.

Los proyectos de sanción

Durante los próximos ocho años, los exjefes de las Farc-EP deberán desarrollar proyectos restaurativos que incluyen:

  • Búsqueda e identificación de personas desaparecidas, con prioridad en el cementerio de Palmira (Valle del Cauca).

  • Acciones integrales contra minas antipersonal, mediante recolección y sistematización de información para apoyar procesos de desminado.

  • Recuperación ambiental y territorial, con actividades de reforestación, cultivos de pancoger y fortalecimiento de economías locales.

  • Memoria y reparación simbólica, a través de relatos, actos públicos de perdón, productos comunicativos y la instalación de dispositivos de memoria.

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Restricciones y verificación

Aunque no serán enviados a prisión, los comparecientes cumplirán restricciones efectivas de derechos: deberán permanecer en lugares determinados, portar dispositivos de monitoreo electrónico, cumplir horarios y participar en los proyectos asignados.

El cumplimiento de las sanciones será supervisado por el Mecanismo de Monitoreo y Verificación, integrado por la JEP y la Misión de Verificación de la ONU en Colombia. El Gobierno Nacional, por su parte, deberá garantizar los recursos para la ejecución de las sanciones.

Una justicia inédita

La JEP resaltó que esta decisión no borra el sufrimiento de las víctimas, pero sí representa un reconocimiento histórico. “Es la voz que le dice a la sociedad colombiana y al mundo que lo ocurrido fue injustificable e inhumano”, señaló el magistrado Camilo Suárez Aldana, ponente de la sentencia.

El fallo también ordena a la Unidad de Víctimas revisar la inclusión de afectados en sus registros para que puedan acceder a reparación administrativa, y a la Unidad de Restitución de Tierras priorizar procesos pendientes de las víctimas acreditadas.

La sentencia del Secretariado abre camino a nuevas decisiones judiciales contra otros mandos de la antigua guerrilla que ya han reconocido su responsabilidad en los secuestros. En total, 41 firmantes del Acuerdo han sido imputados por estos crímenes.


RP
Redacción PDM

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