Por estas razones la Procuraduría pidió revocar la candidatura de José Manuel Sandoval
- Publicado en Ene 21, 2026
- Sección Región
El Ministerio Público solicitó al Consejo Nacional Electoral (CNE) revocar la inscripción de José Manuel Sandoval Garzón como candidato a la Cámara de Representantes por el departamento del Meta, dentro de la coalición “Pacto Histórico – Frente Amplio”, al considerar que su postulación vulnera los artículos 107 y 262 de la Constitución Política.
El concepto fue emitido por los procuradores Juan Carlos Villamil Navarro y Augusto Hernández Vidal, delegados ante el CNE, en respuesta a las solicitudes de revocatoria radicadas, presentadas por Hugo Orlando Velásquez Jaramillo, Saúl Villar Jiménez y Jorge Bula González.
Exceso en el umbral constitucional para coaliciones
De acuerdo con el análisis del Ministerio Público, el Pacto Histórico superó ampliamente el límite constitucional que permite conformar coaliciones electorales. Según el Acta Oficial de Escrutinio General E-26 CAM de las elecciones de 2022, la colectividad obtuvo 82.309 votos, equivalentes al 25,11 % de la votación válida en Meta, cifra que excede el 15 % establecido en el artículo 262 de la Constitución.
Para la Procuraduría, este requisito es de carácter objetivo y absoluto, por lo que no admite subsanación ni interpretaciones flexibles. En consecuencia, la coalición carecería de validez jurídica desde su origen.

Los resultados de la consulta
El segundo eje del concepto señala la presunta violación del artículo 107 constitucional, que establece el carácter obligatorio de los resultados de las consultas internas o interpartidistas. En este caso, la coalición realizó una consulta el 26 de octubre de 2025, en la que los resultados para la Cámara por Meta fueron:
- María del Carmen Mayusa Cruz – 13.885 votos
- César Augusto Díaz Medina – 5.328 votos
- Martha Susana Garzón – 4.074 votos
Sin embargo, José Manuel Sandoval Garzón, quien no participó en dicha consulta, fue inscrito posteriormente en el tercer lugar de la lista, desplazando a Garzón. Para el Ministerio Público, esta decisión desconoce tanto el mandato constitucional como las propias reglas internas del Pacto Histórico, que en su Cláusula Décimo Sexta obligaban a respetar el orden resultante de la consulta.
Aval del MAIS
Aunque la defensa argumentó que Sandoval Garzón recibió aval del movimiento MAIS bajo la modalidad de voto preferente, la Procuraduría sostuvo que esta figura no puede prevalecer sobre los resultados vinculantes de una consulta interpartidista. Permitirlo, advirtió, vaciaría de contenido el principio democrático y la obligatoriedad de las consultas.
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Concepto final
Con base en las pruebas documentales y la jurisprudencia constitucional y del Consejo de Estado, el Ministerio Público concluyó que el CNE debe declarar procedente la solicitud de revocatoria y revocar la inscripción de José Manuel Sandoval Garzón como candidato a la Cámara de Representantes por el Meta, por vulnerar los artículos 107 y 262 de la Constitución Política.
El concepto quedó firmado digitalmente el 15 de enero de 2026 por los procuradores Augusto Hernández Vidal y Juan Carlos Villamil Navarro, y ahora será el Consejo Nacional Electoral quien adopte la decisión de fondo.
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