Todo lo que puede ocurrir en el proceso de revocatoria contra Alexander Baquero
- Publicado en Nov 21, 2025
- Sección Villavicencio
La Registraduría Especial del Estado Civil de Villavicencio expidió la Resolución 095 del 10 de noviembre de 2025, con la cual dejó en firme la inscripción del comité promotor y del vocero responsable de la iniciativa de revocatoria del mandato contra el alcalde Alexander Baquero.
Por Daniel Jiménez
El acto administrativo certificó que la solicitud —denominada “Villavicencio Digna – ¡Revocatoria Ya!”— cumplió con todos los requisitos establecidos en la Ley 1757 de 2015 y las normas vigentes que regulan los mecanismos de participación ciudadana.
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Para comprender la ruta que inicia, Periódico del Meta consultó a Álvaro Sarmiento, coordinador del área de Derecho Administrativo del consultorio jurídico de la Universidad del Rosario. Según explica, tras la inscripción se activa un procedimiento exigente que suele ser donde la mayoría de iniciativas se estancan. Primero, el vocero debe recibir los formularios oficiales para iniciar la recolección de apoyos ciudadanos. La ley otorga un plazo máximo de seis meses para esta etapa.

El comité deberá reunir un número significativo de firmas —equivalente al 40 % de los votos obtenidos por el alcalde cuando fue elegido—. Estas serán verificadas una por una por la Registraduría, que determinará su validez. En paralelo, el comité deberá presentar informes y soportes financieros de su campaña. La autoridad electoral cuenta con hasta 45 días para revisar los estados contables, vigilar topes y certificar si el comité cumplió con todo lo requerido.
Si las firmas superan el umbral y se avala la información financiera, se convocará a los ciudadanos a las urnas. Allí, la revocatoria prosperará únicamente si participa al menos el 40 % de los votantes – del censo electoral – y la mitad más uno de ellos decide terminar el mandato.
En caso de que la revocatoria avance hasta la votación y sea aprobada, Villavicencio podría enfrentar un cambio institucional significativo. Sarmiento explica que hay dos escenarios dependiendo del tiempo restante del periodo: si faltan más de 18 meses, se deben convocar elecciones atípicas para elegir un nuevo alcalde en un plazo de dos meses; si el tiempo es menor, la gobernadora del Meta, Rafaela Cortés, debe designar un alcalde encargado de la misma colectividad política del mandatario revocado.
El experto advierte que, incluso si se logra convocar la votación, la transición gubernamental trae limitaciones prácticas. El nuevo mandatario tendría poco tiempo para ajustar o ejecutar el programa de gobierno, con un presupuesto ya comprometido y una administración en marcha. “Puede tener voluntad para corregir, pero depende del presupuesto y del tiempo restante”, señala Sarmiento, al explicar que muchas metas podrían quedar para la administración siguiente.

La experiencia nacional muestra un panorama complejo: según Sarmiento, pocas iniciativas de revocatoria en Colombia han logrado superar todas las etapas, como lo fue el caso de Tasco, Boyacá en 2018 y Susa, Cundinamarca en 2022, en estos casos, la ciudadanía logró concluir el proceso y votar en la revocatoria, con resultados que llevaron a la destitución del alcalde. Sin embargo, en la mayoría de los otros municipios donde se ha intentado, la revocatoria no ha prosperado debido, entre otras razones, a que no se alcanza el quórum necesario para revocar el mandato, pues las mayores dificultades, según afirma el experto consultado, suelen estar en la recolección y validación de firmas, así como en las exigencias financieras del proceso. Además, factores políticos y la falta de cohesión entre promotores suelen frenar los esfuerzos.
Así las cosas, mediante un comunicado, el Comité Promotor de la revocatoria del mandato en Villavicencio informó que la Registraduría Nacional reconoció oficialmente su conformación, tras la Resolución 095 del 10 de noviembre de 2025. Sin embargo, aclaró que la recolección de firmas aún no puede iniciar, pues, según el comunicado, primero el Consejo Nacional Electoral debe aprobar el mecanismo y realizarse la audiencia pública entre los promotores y la administración municipal. El comité reiteró su compromiso con un proceso transparente y legal, e invitó a la ciudadanía a mantenerse informada y participar con responsabilidad.
En anexo una fuente desde Registraduría añade que se debe esperar a que el Consejo Nacional Electoral fije fechas de la audiencia, con lo anterior enfatizó «y de seguir el proceso ahí sí pasa al tema de formularios», señaló para Periódico del Meta.
Por su parte, el alcalde Alexander Baquero reconoció el proceso como un mecanismo legítimo de participación, pero aseguró que continúa enfocado en su agenda de gobierno. Señaló que la percepción ciudadana no siempre coincide con la realidad del territorio y sostuvo que su administración ha entregado obras y modernizado infraestructura en varios barrios. Sobre el descontento expresado en redes sociales, afirmó que se trata de “un tema de percepciones, pero también de politiquería”.
Con dos años de administración por delante, el tiempo permitiría completar el procedimiento, pero solo si el comité cumple a cabalidad con todos los requisitos legales. Para que la revocatoria prospere, no basta con altos niveles de desfavorabilidad: se requiere un proceso técnicamente sólido, organizado y respaldado por una participación amplia de la ciudadanía.
Cabe recordar que, uno de los antecedentes de inestabilidad política en Villavicencio transcurrió en 2006, cuando el municipio llegó a tener siete alcaldes en pocos meses por decisiones disciplinarias, sigue siendo un registro de cómo la inestabilidad administrativa puede afectar la continuidad de proyectos, generar incertidumbre política y debilitar la confianza ciudadana. Ese periodo es recordado como uno de los momentos de mayor tensión institucional en el municipio.
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