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domingo, 3 de agosto de 2025
Pico y placa : No aplica

¿Vendió su vehículo y no hizo el traspaso? Así puede evitar sanciones

¿Vendió su vehículo y no hizo el traspaso? Así puede evitar sanciones 1
RP
Redacción PDM

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A menos de un año del vencimiento del plazo, miles de propietarios en Colombia que vendieron su vehículo sin formalizar el traspaso en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) deben acogerse a la figura del traspaso a persona indeterminada, un mecanismo legal que los libera de responsabilidades legales y tributarias sobre automotores que ya no están bajo su control.

Este trámite, habilitado por la resolución 20223040044765 de 2022 del Ministerio de Transporte, tiene como fecha límite el 6 de agosto de 2025 y fue creado para casos en los que el antiguo propietario no tiene contacto con el comprador y no se formalizó el cambio de titularidad en su momento.

Andrea Gutiérrez Álvarez, directora de Servicios de la secretaría de Movilidad de Villavicencio, explicó que la medida busca proteger a los antiguos dueños de consecuencias legales por el uso indebido del vehículo:

“Quienes no realicen este trámite podrían enfrentar sanciones económicas por multas, impuestos, fotodetecciones e incluso embargos, derivados de infracciones cometidas por terceros”, advirtió.

¿Quiénes pueden acogerse?

La figura del traspaso a persona indeterminada aplica para vehículos entregados hace más de tres años, siempre que no exista contrato de compraventa ni poder vigente, y que no se haya logrado establecer contacto con el actual tenedor.

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Requisitos para el trámite

Los ciudadanos interesados deben presentarse en la Dirección de Servicios de Movilidad, ubicada en el barrio Jordán de Villavicencio, y cumplir con los siguientes requisitos:

  • Declaración juramentada en la que certifiquen la entrega del vehículo y la imposibilidad de contactar al actual poseedor.

  • Estar a paz y salvo por comparendos y multas de tránsito.

  • El vehículo debe tener SOAT y revisión técnico-mecánica vigentes.

  • No debe existir embargo, medida cautelar ni proceso judicial activo sobre el automotor.

  • El solicitante debe estar registrado en el RUNT y realizar el trámite personalmente o mediante apoderado.

Con esta medida, el Ministerio de Transporte busca poner fin a la figura del “dueño de papel” y brindar seguridad jurídica a los ciudadanos que vendieron su vehículo de buena fe, pero no lograron concretar el traspaso.

La fecha límite es inamovible: 6 de agosto de 2025. Después de ese día, quienes no hayan regularizado la situación seguirán figurando como propietarios legales, con todas las responsabilidades que ello implica.


RP
Redacción PDM

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