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martes, 10 de marzo de 2026
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Destituyen e inhabilitan a exdirectora de la cárcel El Buen Pastor por fuga de Aída Merlano en 2019

Destituyen e inhabilitan a exdirectora de la cárcel El Buen Pastor por fuga de Aída Merlano en 2019 1
La Procuraduría confirmó la destitución e inhabilidad por 10 años contra la exdirectora de la cárcel El Buen Pastor por su responsabilidad en la fuga de la excongresista Aída Merlano en 2019. Foto Procuraduría General de la Nación.
RP
Redacción PDM

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La Procuraduría General de la Nación confirmó este martes 10 de marzo el fallo de segunda instancia sobre la destitución e inhabilidad por 10 años contra la entonces directora de la cárcel El Buen Pastor de Bogotá, Diana Cecilia Muñoz Miguez, por su responsabilidad en la fuga de la excongresista Aída Merlano, ocurrida el 1 de octubre de 2019 en el Centro Médico de La Sabana.

De acuerdo con el ente de control, la exdirectora entregó las boletas hospitalarias y la orden judicial que permitieron la salida de Merlano del centro de reclusión para someterse a un procedimiento estético dental, sin contar con la autorización del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) y sin garantizar las medidas de seguridad requeridas.

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El ente de control sancionó a varios funcionarios del centro penitenciario por irregularidades en el traslado médico que permitió la fuga de Aída Merlano desde un consultorio en Bogotá.

Por los mismos hechos, la Procuraduría también impuso destitución e inhabilidad por 10 años al excomandante de custodia, David Alexander Álvarez Cárdenas, quien firmó la remisión médica de la persona privada de la libertad sin adoptar las medidas de seguridad necesarias.

Asimismo, sancionó con la misma medida a la exsubdirectora Katherine Lozano Forero, al establecer que aprobó el traslado de Merlano Rebolledo al consultorio médico los días 26 de septiembre y 1 de octubre de 2019, decisiones que facilitaron la salida de la excongresista del penal.

En el mismo proceso disciplinario, el Ministerio Público suspendió por tres meses al exdragoneante Luis Alejandro Ballesteros Rincón, al comprobar que permitió un encuentro familiar entre la exfuncionaria y sus hijos durante una cita médica.

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En su decisión, la Procuraduría concluyó que los funcionarios sancionados vulneraron los principios de moralidad, responsabilidad, transparencia y eficacia que rigen el actuar de los servidores públicos.

Las faltas atribuidas a la exdirectora y al excomandante de custodia fueron calificadas como gravísimas cometidas con dolo; mientras que la de la exsubdirectora fue tipificada como gravísima a título de culpa gravísima. En el caso del exdragoneante, la conducta fue considerada grave con culpa grave.


RP
Redacción PDM

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