El director del Instituto de Turismo del Meta, Gustavo Adolfo Jiménez Barrios, hace un llamado a los empresarios del sector para que antes del 31 de marzo de la actual vigencia renueven el Registro Nacional de Turismo.

En el Registro Nacional de Turismo (RNT) deben inscribirse todos los prestadores de servicios turísticos antes de iniciar sus operaciones, es obligatorio para su funcionamiento y debe actualizarse anualmente dentro de los tres primeros meses de cada año, sostuvo el director del Instituto de Turismo del Meta.

Cabe destacar que entre los requisitos exigidos para la actualización del Registro Nacional de Turismo se subrayan los siguientes: Matrícula Mercantil Renovada 2018, acreditación de la Norma Sostenible Turística, organigrama empresarial, estados financieros si es persona natural o jurídica y certificado de pago a Fontur.

El Registro Nacional de Turismo se exige conforme a lo establecido en el artículo 11 del Decreto 2074 de 2003, tendrá una vigencia anual y deberá actualizarse entre el 1° de enero y el 31 de marzo de cada año, tal como lo dispone el artículo 166 del Decreto 19 de 2012 y la Circular Externa Nro. 008 de 2012 de la Superintendencia de Industria y Comercio.