martes, 19 de marzo de 2024
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Empiezan a regir nuevas tarifas de taxis en Villavicencio


RP
Redacción PDM

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Mediante el Decreto 601 de 2019, el gobierno local autorizó el ajuste tarifario de 200 pesos en la carrera mínima del servicio de taxi en la capital del Meta, quedando esta en $5.200, en cuanto el recargo nocturno, dominical y festivo paso de 500 a 600, pues durante todo el año no se había realizado el correspondiente incremento.

El Secretario de Movilidad municipal, Wilson Suárez, indicó que a este aumento se llegó al realizar el estudio de costos para el servicio público de transporte terrestre automotor taxi, siguiendo la metodología establecida por el Ministerio de Transporte mediante la Resolución 4350 de 1998, modificada por la Resolución 392 de 1999, en el cual se incorporó los costos de los aportes al Sistema General de Seguridad Social Integral para los conductores, los cuales integran los costos de Pensión, Salud y Riesgos Laborales.

Así quedó la estructura tarifaria para este tipo de servicio en la ciudad:

  • Carrera mínima $ 5.200
  • Distancia carrera mínima 3,5 km
  • Banderazo $ 2.100
  • Caída por cada 100 metros recorridos $ 88
  • Caída por cada 30 segundos en espera $ 88
  • Recargo nocturno (de 8 pm a 5 am) $ 700
  • Recargo dominical o festivo                        $ 700
  • Recargo por servicio puerta a puerta $ 500
  • Servicio por hora contratada $ 20.500
  • Recargo servicio al y desde el aeropuerto $ 2.600
  • Recargo servicio desde Terminal de Transporte $ 500
  • Recargo fuera de perímetro urbano $ 2.400

Según confirmó el Secretario, la tarifa liquidada equivaldrá al costo de la carrera, la cual comprende recorrido total y banderazo, los recargos por servicios nocturno, dominical o festivo, servicio puerta a puerta, fuera del perímetro urbano, servicio del terminal de transporte y del o al aeropuerto se adicionarán acorde a la autorización que constará en la Tarjeta de Control expedida por las empresas de transporte previa autorización de la Secretaría de Movilidad.

En los casos en que el servicio se preste bajo la figura de viaje ocasional esta tarifa será concertada entre el conductor y el usuario del servicio público individual de pasajeros tipo taxi.

Los taxistas podrán efectuar el cobro con las nuevas tarifas únicamente cuando realicen la calibración de sus taxímetros, lo cual deberá ser realizada por los Consorcios habilitados por la Administración Municipal para la instalación de los taxímetros electrónicos en los vehículos de servicio público individual de pasajeros tipo taxi.

En cuanto a los límites de la zona urbana, para efectos del cobro fuera del perímetro, se definieron así en el documento:

  • Vía Puerto López a la altura de la estación de servicio Esso, 200 metros adelante del puente sobre el Río Ocoa, incluyendo los barrios Juan Pablo II, Villa Hermosa y Balmoral.
  • Vía Acacías a la altura de la urbanización Gramalote a 1.100 metros adelante de la entrada a Ciudad Porfía (el área urbana incluye Ciudad Porfía, La Madrid y barrios circunvecinos).
  • Vía Restrepo a la altura de la Glorieta de las Arpas (el área urbana incluye la glorieta, la vía que comunica desde la glorieta hasta el Aeropuerto Vanguardia y el Aeropuerto).
  • Vía Antigua a Restrepo a la altura de la Estación de Servicio El Cimarrón a 1.200 mts.) delante de la entrada al Hotel del Llano.
  • Vía antigua a Bogotá a la altura del Barrio Nueva Granada.
  • Vía nueva a Bogotá a la altura de la entrada al Túnel de Buenavista sentido Bogotá – Villavicencio (punto de control Policía de Carreteras).
  • Vía Catama a la altura de la entrada al sector de La Reliquia (incluye La Reliquia, Trece de Mayo y Betty Camacho).

 Por último, Wilson Suárez, reportó que la Secretaría de Movilidad ejercerá control operativo a los vehículos tipo taxi para garantizar el debido cobro a los ciudadanos conforme al nuevo marco tarifario.

Proceso de cobro

Los consorcios habilitados por la Administración Municipal para la instalación de los taxímetros electrónicos en los vehículos de servicio público individual de pasajeros tipo taxi son quienes, mediante la calibración y actualización del taxímetro con las nuevas tarifas, habilitará al taxista para poder realizar el cobro con el marco tarifario establecido en el Decreto 601 de 2019.

El secretario de Movilidad, Wilson Suárez Casallas, afirmó que los consorcios habilitados por la Administración Municipal para suministrar e instalar los taxímetros electrónicos deberán comprobar en pista la actualización efectuada a los taxímetros de conformidad con las facultades establecidas en el Decreto 004 del 10 enero de 2014.

“Como medida de regulación y control, estos consorcios están en la obligación de instalar sellos de seguridad e inviolabilidad en cada uno de los taxímetros, que no sufran deterioro acelerado, se borren, se desprendan y en general que garanticen confiabilidad en la información emitida por los dispositivos instalados en los taxis para liquidar el costo del servicio público a la tarifa oficialmente autorizada” indicó el secretario.

En el decreto también se contempló el monto máximo para el valor de la actualización y reprogramación del taxímetro, pues de conformidad con el artículo Décimo Octavo del Decreto 004 de 2014, el costo no podrá ser superior a un valor de 31.150 pesos.

Adicionalmente, las empresas habilitadas para la prestación del servicio público de transporte terrestre automotor individual de pasajeros tipo taxi, previo el otorgamiento de la tarjeta de control, de manera obligatoria, deberán verificar que el respectivo conductor se encuentre debidamente registrado en el Sistema de

Registro de conductores implementado por la Secretaría de Movilidad de Villavicencio y que además cumpla con cada uno de los documentos o requisitos exigidos en el respectivo sistema, de conformidad a lo establecido en el decreto 1047 de 2014.

“Para la actualización de los taxímetros al nuevo marco tarifario será obligatorio que todo vehículo tipo taxi previo a la implementación de dicho procedimiento exhiba en la parte trasera de la silla del copiloto la tarjeta de control vigente conforme lo establece el Decreto 1047 de 2014. Vehículo que no porte la tarjeta de control en los términos antes señalados no podrá realizar la actualización al nuevo esquema tarifario” afirmó el secretario.

Por último, reiteró que lo anterior será de obligatorio cumplimiento para los Consorcios habilitados por la Administración Municipal para suministrar e instalar los taxímetros electrónicos que han sido autorizados por el presente Decreto para realizar la actualización de los taxímetros al nuevo marco tarifario.

 

 

 


RP
Redacción PDM

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