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$4.7 billones deberán pagar Claro y Telefónica a la Nación


$4.7 billones deberán pagar Claro y Telefónica a la Nación 1
RP
Redacción PDM
  • Publicado en Jul 26, 2017
  • Sección Nacional

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El millonario pleito judicial, que se llevó a cabo en un Tribunal de Arbitramento, condenó a las dos compañías telefónicas a indemnizar al Ministerio TIC.

En uno de los pleitos judiciales más caros en la historia reciente del país, el Estado salió ganador. Se trata de una pelea que libraba el Ministerio TIC en contra de Claro y Telefónica, multinacionales de telefonía que llegaron al país finales de 1993 y comienzos de 1994 para ofrecer el servicio de telefonía de voz. En ese momento, celebraron seis contratos en los que utilizaron el espectro electromagnético del país. Al terminar el contrato, las compañías debían devolverle a la Nación el bien que utilizaron. (Claro y Movistar, a devolver la infraestructura)

Pero eso nunca pasó. En 2013, los contratos acabaron y las dos multinacionales no cumplieron con una de las cláusulas que habían pactado: la de reversión. Esta figura, que suele leerse en los contratos con el Estado, quiere decir que, cuando una empresa contrata un bien que le pertenece a la Nación, como el suelo, y en este caso, el espectro electromagnético, debe regresar lo que utilizó cuando se acaba el contrato. Es decir, tiene que devolver equipos como torres de comunicaciones, antenas y equipos electrónicos.

La razón para que no se realizara esa devolución fueron dos leyes que aprobó el Congreso en las que se limitó esa devolución. En el caso de las telecomunicaciones, se pactó que sólo era necesario que las empresas devolvieran el espectro y no la infraestructura. Así las cosas, la entonces contralora general, Sandra Morelli, se dio cuenta del cambio que había hecho el legislativo y decidió demandar las dos leyes en la Corte Constitucional. En 2013, el alto tribunal dijo que esas leyes solo podían aplicarse a contratos celebrados después de su aprobación.

En otras palabras, que los contratos que había firmado Claro y Telefónica en el 93 y 94, no podían acogerse a esa normatividad. Aun así, la reversión no se hizo. Claro (Comcel) dijo en repetidas cesaciones que “Colombia no solamente se ha apropiado de los bienes de Comcel afectados a las concesiones, sino que también determinó que debe pagar una contraprestación económica para seguir usando los bienes de la propiedad”. Por su parte, el Estado comenzó a planear su estrategia de defensa. 

A finales de 2015, el ministro de TIC, David Luna, decidió que la vía para que las compañías devolvieran lo que le pertenece al país era convocar una Tribunal de Arbitramento que estuvo conformado por los juristas Juan Pablo Cárdenas, María Teresa Palacio y Jorge Pinzón Sánchez. Después de dos años de largas peleas y discusiones, el tribunal le dio la razón al Ministerio y ordenó el pago de $3.1 billones a Claro (Comcel) y $1.6 billones a Colombia Telecomunicaciones (Telefónica Movistar). (Rifirrafe de Claro y Movistar con el Mintic)

El argumento para tomar la decisión fue que las leyes que se aprobaron después del 93 no podían aplicarse a los contratos en cuestión y que, para evitar la reversión de los elementos físicos, que sería casi imposible, resolvieron tasar en dinero lo que debían devolver.

La decisión ya es polémica. De acuerdo con expertos en telecomunicaciones, este fallo llega en un muy mal momento económico y para la industria, y puede afectar las inversiones de estas compañías en el país. 

Al conocerse la noticia del fallo, Claro envió un comunicado de prensa en el que explicó que analizará en detalle la decisión del Tribunal de Arbitramento para tomar las acciones legales nacionales e internacionales.

“De acuerdo con las leyes aplicables del Congreso de la República, la reversión debía aplicarse únicamente sobre el espectro radioeléctrico, con el fin de fomentar la inversión y la modernización del servicio de telecomunicaciones en el país. Por esta razón rechazamos el cambio al marco jurídico existente y bajo el cual hemos hecho importantes inversiones en el país, cambios que afectan elementos tan indispensables como el derecho a la propiedad privada y la certeza jurídica necesaria para la promoción de inversiones en el país, mismas que han permitido el desarrollo de un sector vital para el bienestar de los colombianos”, dice el comunicado. 

Por su parte, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones dijo que respeta y acata el fallo dictado por el Tribunal, en tanto este era el mecanismo acordado por las partes en los contratos para resolver las controversias que se pudieren llegar a presentar con ocasión de la ejecución y liquidación de los mismos.


RP
Redacción PDM

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