jueves, 5 de diciembre de 2024
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A la justicia ordinaria


A la justicia ordinaria 1
Foto: tomada de la web
RP
Redacción PDM

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Los delitos sexuales contra los niños y adolescentes deben estar sometidos únicamente a las sanciones establecidas en el régimen penal ordinario y tienen que investigarse y juzgarse conforme a las normas definidas en el Código de Procedimiento Penal.

Aunque esto debería ser una verdad inobjetable y la mayoría de colombianos pensemos que así se trata, la estatutaria de la Justicia Especial para la Paz abre un boquete por el cual esos delitos que a todas luces son execrables, pueden quedar en la impunidad para quienes los cometieron siendo actores de grupos armados, pues tendrían que someterse a un proceso especial sobre el contexto del conflicto armado. 

Esta semana, la Comisión Primera del Senado de la República aprobó en primer debate el proyecto de Acto Legislativo 038 de 2019 Senado, que complementa el artículo 44 de la Constitución, el cual no afectará de ninguna manera las disposiciones de los acuerdos de paz que se hayan firmado con anterioridad.

Como ya hemos mencionado, es de suma importancia garantizar que sean aplicadas las penas mayores posibles para los que hayan atentado contra la integridad de la población infantil y que no se tenga ningún tipo de concesión o favorecimiento para los victimarios. Nos preocupa el discurso de doble moral de muchos supuestos defensores de derechos humanos que una semana piden la máxima condena contra los violadores pero a la siguiente respaldan que haya una  salvedad para quienes los cometieron bajo las circunstancias del conflicto armado.

No se pide nada diferente a que, con esta iniciativa, se desarrollen todos los convenios internacionales suscritos por Colombia en defensa de los derechos del niño y que a veces de dientes para afuera parecemos defender tanto pero en la práctica no tanto. El término “delito sexual” no debe tener ninguna otra connotación sino esa: un acto demencial libre de cualquier justificación psicológica, política o de reivindicación.

Este proyecto del Gobierno Nacional también busca que mediante el acto legislativo, evitar el abuso de los niños y niñas reclutándolos para la guerra y desincentivar estos crímenes, ya que no serían objeto de tratamientos especiales en eventuales acuerdos de paz. Curiosamente, las teorías que hoy argumentan muchos defensores del acuerdo de paz es que los niños que hicieron parte de los grupos armados ilegales lo hicieron por convicción propia, por lo que no se podría juzgar a los excomandantes. El reclutamiento forzado no existió.  

Entonces esperamos que en este segundo debate de este Acto Legislativo en la Plenaria del Senado de la República, no se quede atorada una normatividad que urgentemente necesitan nuestros niños.


RP
Redacción PDM

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