Aprobada en último debate ley que moderniza Código de Extinción de Dominio
- Publicado en Abr 07, 2017
- Sección Nacional
El Senado de la República aprobó el jueves 6 de abril, en último debate, el proyecto de ley que modifica y adiciona el Código de Extinción de Dominio (Ley 1708 de 2014) con lo que se mejorarán tanto los procesos de investigación y judicialización como la administración de los bienes, entre otros aspectos.
También, entre otros aspectos, se podrá aspirar a una enajenación temprana de aquellos bienes susceptibles de extinción de dominio.
Al respecto el Ministro de Justicia y el Derecho, Enrique Gil Botero, señaló que “uno de los grandes retos que ha enfrentado el Estado es la persecución contra las economías ilícitas, lo que ha llevado a repensar y reestructurar la figura de la extinción de dominio en todas sus etapas’.
Así mismo, durante el debate en la plenaria quedó claro que el remanente de los bienes objeto de extinción de dominio serán divididos de la siguiente forma: 40 por ciento para el Gobierno Nacional, 10 por ciento para la Policía Nacional, 25 por ciento para la Fiscalía General de la Nación y 25 por ciento para la Rama Judicial. “Vamos a intensificar la lucha contra las organizaciones criminales que hoy amenazan la consolidación de una paz estable y duradera”, indicó el titular de la Justicia.
El Ministro de Justicia también señaló que esta ley de reforma contiene tres ejes primordiales: la supresión de la fijación provisional de la pretensión en la fase de investigación, cambios en la figura de la enajenación temprana y por último, la ampliación de las causales de la justicia premial.
‘La Fiscalía General de la Nación busca que los bienes que estén afectados puedan destinarse a la justicia premial, es decir, a beneficiar a quienes contribuyan de manera eficaz con la extinción’, puntualizó el alto funcionario.
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