Así quedó el valor de las multas de tránsito para 2017
- Publicado en Ene 03, 2017
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Las nuevas tarifas en las multas de tránsito son proporcionales al aumento del (7 %) en el salario mínimo, que se realizó el viernes pasado. Desde el primero de enero iniciaron su aplicación.
Conozca aquí cuánto deberá pagar si lo multan por cometer una infracción de tránsito.
1. No detenerse ante una luz roja o amarilla de semáforo, una señal de “PARE» o un semáforo intermitente en rojo: $737.717.
2. Conducir sin portar el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito ordenado por la ley: $737.717.
3. Conducir un vehículo sin llevar consigo la licencia de conducción o tenerla vencida: $196.725.
4. No realizar la revisión tecnicomecánica y de emisiones contaminantes, o cuando aun portando los certificados correspondientes no cuenta con las condiciones tecnicomecánicas y de emisiones contaminantes: $368.885.
5. No utilizar el cinturón de seguridad por parte de los ocupantes del vehículo y los cinturones de seguridad en los asientos traseros en los vehículos fabricados a partir del año 2004: $368.885.
6. No acatar las señales de tránsito o requerimientos impartidos por los agentes de tránsito: $368.885.
7. Conducir un vehículo a velocidad superior a la máxima permitida, la cual deberá estar señalizada en forma sectorizada: $368.885.
8. Usar sistemas móviles de comunicación o teléfonos instalados en los vehículos al momento de conducir: $368.885.
9. Transitar en sentido contrario al estipulado para la vía, calzada o carril: $689.459
10. Arrojar residuos sólidos al espacio público desde un vehículo automotor o de tracción animal o humana, estacionado o en movimiento: $737.717.
11. Conducir un vehículo sin luces o sin los dispositivos luminosos deposición, direccionales o de freno, o con alguna de ellas dañada: $737.717.
12. No respetar el paso de peatones que cruzan una vía en sitio permitido para ellos, o no darles la prelación en las franjas para ello establecidas: $368.885.
13. Estacionar un vehículo en sitios prohibidos: $368.885.
14. Conducir bajo el influjo del alcohol o bajo los efectos de sustancias psicoactivas. Esta conducta será sancionada con las multas establecidas en el artículo 152 de este Código.
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