Hasta el próximo 13 de diciembre podrá definir su situación militar
- Publicado en Nov 29, 2021
- Sección Nacional
El Comando de Reclutamiento y Control Reservas, en cumplimiento al artículo 73 de la Ley 1861 de 2017, el Decreto Reglamentario No 977 de 2018 y la Resolución No 1258 de 2021 emitida por el Ministerio de Defensa Nacional, continua con jornadas especiales para que ciudadanos puedan definir su situación militar.
Las jornadas, que iniciaron el 22 de noviembre se desarrollarán el próximo mes del 8 al 13 de diciembre del 2021, en las 12 Zonas de Reclutamiento de todo el país en un horario de atención que va desde las 7:00 a.m. hasta las 6:00 p.m.
Los destinatarios de estas convocatorias especiales, tendrán el descuento del 60% en la cuota de compensación militar y del 90% en las multas o sanciones que se les hayan impuesto por infracciones en el proceso de definición de situación militar. Al finalizar, podrá optar por acceder de manera gratuita a la “Constancia Electrónica” o a la expedición física de su “Tarjeta de Reservista de Segunda Clase”, la cual tendrá un costo de $136.000 para este año.
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Los interesados, deberán tener en cuenta la siguiente información, haciendo cumplimiento a cada uno de los requerimientos.
¿Quiénes pueden acceder?
Ciudadanos colombianos residentes en el país o en el exterior, que estén en las siguientes situaciones:
1. Infractores que hayan sido sancionados con multas, estos son:
- Ciudadanos aptos que habiendo sido citados a concentración para incorporación no se presentaron en la fecha, lugar y hora indicada por el servicio de reclutamiento y movilización.
- Ciudadanos que no asistieron a la primera evaluación de aptitud psicofísica.
- Ciudadanos que realizaron el proceso de inscripción de manera extemporánea en vigencia de la Ley 48/93, es decir antes del 4 de agosto de 2017.
- Ciudadanos mayores de edad que fueron aplazados por estar cursando estudios de bachillerato y no se presentaron a definir su situación militar una vez obtuvieron su título de bachiller, en vigencia de la Ley 1861/17.
- Ciudadanos a quienes se les liquidó la cuota de compensación militar y no cancelaron el recibo en el plazo establecido (recibo vencido).
2. Ciudadanos que superaron la edad máxima de incorporación (Mayores de 24 años).
3. Ciudadanos declarados no aptos por los comités de aptitud psicofísica de la Dirección de Reclutamiento.
4. Ciudadanos residentes en el exterior que demuestren una residencia mínima de 3 años.
Requisitos mínimos:
- Encontrarse inscrito en nuestra página web www.libretamilitar.mil.co y cargar en la plataforma la fotocopia de la cédula de ciudadanía, registro civil de nacimiento, acta y diploma de grado de bachiller sí aplica, una foto 3X4 fondo azul (en corbata, en formato JPG y que no exceda 1MB).
- En caso de ser exonerado conforme a las causales antes descritas, deberán acreditar los documentos soportes de la causal. Para ello podrá verificar los documentos necesarios, en la página web www.reclutamiento.mil.co, sección “definición de la situación militar”.
- Recibo de cuota de compensación militar y/o multas vencido (si lo tiene).
- Si es ciudadano colombiano residente en el exterior, deberá otorgar autorización simple donde faculta a un tercero a realizar el lugar previsto para la jornada y expresar si opta por que se entregue la tarjeta militar física a la persona autorizada, o en su lugar solicita sea enviada a través de valija diplomática al consulado correspondiente.
- Si reside por más de 3 años en el exterior independiente de la edad, estará exonerado de prestar servicio militar y lo podrá acreditar a través de los siguientes documentos: Visa del estado receptor o “constancia de Residencia” (ver https://www.cancilleria.gov.co/tt_ss/constancia-residencia).
Para mayor información e inquietud, podrá ser requerida en los 60 distritos militares, también puede contactarse al Call Center a nivel nacional (1) 744 84 38 o escribir a las redes sociales oficiales. Así como a la página www.reclutamiento.mil.co
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