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No más exaltar identidades personales con marcas de gobierno


No más exaltar identidades personales con marcas de gobierno 1
RP
Redacción PDM
  • Publicado en Ene 20, 2024
  • Sección Región

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La medida de tener un solo Manual de Identidad Visual de las entidades estatales busca preservar la neutralidad e identidad institucional, evitando el uso de marcas asociadas a programas de gobierno de las personas electas.

¿Le suenan el ‘Villavicencio cambia contigo’ o ‘El gobierno al servicio de la gente’? Estas son consideradas marcas de gobierno de personajes electos y desde ahora están prohibidas según la ley 2345, mediante la cual se implementa el Manual de Identidad Visual de las entidades estatales.

El objetivo es establecer medidas que permitan unificar la imagen de las entidades públicas, manteniendo su neutralidad e impidiendo que se pierda su identidad institucional. Aplica para el Gobierno Nacional, entidades territoriales, Fuerza Pública, Congreso de la República, asambleas departamentales, concejos municipales y distritales, Rama Judicial, órganos de control, entre otros.

“Esa ley obliga a que todas las entidades públicas, alcaldías, gobernaciones, entidades descentralizadas, se acojan a construir una identidad visual muy neutral, siguiendo unos manuales de identidad corporativa que establece el gobierno. Esto se debe a que cada vez que cambiaba un mandatario, usaban como marca su programa de gobierno. El eslogan de la campaña lo posicionan desde las entidades públicas, cambiando uniformes, chalecos de otro color, tratando de diferenciarse”, explica Luz Ángela Gómez, abogada experta en registro de marcas.

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Así, dentro de los próximos seis meses se deberá establecer un Manual de Identidad Visual que cuente con algunos elementos como la identidad, el color, vocerías y cuentas institucionales. En las entidades de orden territorial deberán emplear únicamente el escudo o la bandera por su valor histórico y cultural, acompañando el nombre de la entidad.

Es por eso que se prohíbe el uso de marcas de gobierno como ‘seguridad total’ o ‘villavo somos todos’, o elementos que hagan alusión a ellas, o al Plan de Gobierno, Plan de Desarrollo o Plan de Acción del gobierno o dirección administrativa que lo apruebe, manteniendo la neutralidad política y religiosa de cualquier información.

Cabe resaltar que, según la ley, “las entidades estatales no podrán realizar la contratación de nuevos elementos distintivos hasta tanto se haya adoptado el Manual de Identidad Visual que trata la presente ley”.

El Departamento Administrativo de la Función Pública será la entidad encargada de realizar la verificación mediante la elaboración de un informe anual donde se registre la adecuada implementación del manual. La dirección administrativa o quien haga sus veces de entidad estatal, según corresponda, “se encargará de la conservación de la imagen institucional en los bienes inmuebles y muebles estatales y de la imposición en la señalética en la infraestructura de los edificios y demás bienes estatales”, según indica el documento.

Para finalizar, el Manual de Identidad Visual también debe estipular la función de las vocerías, ya que son las autorizadas para el ejercicio de informar a la ciudadanía sobre las funciones públicas de la entidad estatal.


RP
Redacción PDM

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