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miércoles, 17 de junio de 2026
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Villavicencio: Juez ordena suspender tala de árboles en la avenida Catama mientras resuelve tutela

Villavicencio: Juez ordena suspender tala de árboles en la avenida Catama mientras resuelve tutela 1
La acción de tutela fue admitida por un juzgado de Villavicencio tras cuestionamientos ciudadanos a la autorización para intervenir hasta 88 árboles en la avenida Catama.
RP
Redacción PDM

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La controversia por la intervención de hasta 88 árboles en el proyecto de modernización de la calle 35, sobre la avenida Catama de Villavicencio, escaló a los estrados judiciales y derivó en la suspensión inmediata de las actividades de aprovechamiento forestal autorizadas para la obra.

Juzgado 

La decisión fue adoptada por el Juzgado Octavo Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Villavicencio, que admitió una acción de tutela presentada por la ciudadana Maira Alejandra Chaquea Leal contra Cormacarena y el Municipio de Villavicencio, y concedió una medida provisional mientras se estudia de fondo el caso.

La accionante argumenta la presunta vulneración de los derechos fundamentales de acceso a la información pública ambiental, participación ciudadana en asuntos ambientales, debido proceso administrativo y ambiente sano, este último en conexidad con los derechos a la vida digna y la salud. Además, invocó los principios de prevención y precaución ambiental ante una eventual afectación del patrimonio ecológico urbano.

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En su solicitud, Chaquea Leal pidió la suspensión temporal de las actividades de aprovechamiento forestal autorizadas mediante la Resolución 0526 de 2026 de Cormacarena, argumentando la posibilidad de un perjuicio irremediable y daños irreversibles sobre el patrimonio arbóreo objeto de controversia.

Tras analizar la petición, el despacho judicial concluyó que era procedente adoptar una medida cautelar para preservar la eficacia de una eventual decisión de amparo y evitar posibles afectaciones mientras avanza el trámite constitucional.

Suspensión 

En consecuencia, el juzgado ordenó a Cormacarena, al Municipio de Villavicencio, al contratista y a la interventoría del proyecto Calle 35 suspender de manera inmediata las actividades de aprovechamiento forestal autorizadas para la obra.

La providencia advierte que el incumplimiento de la orden podrá dar lugar a las sanciones previstas en el Decreto 2591 de 1991. Asimismo, señala que contra la decisión que decretó la medida provisional no procede recurso alguno.

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La intervención había sido autorizada por Cormacarena y contemplaba la afectación de hasta 88 árboles, con una compensación ambiental equivalente a la siembra de 832 individuos. Sin embargo, la medida generó inconformidad entre ambientalistas, comerciantes, veedores ciudadanos y habitantes del sector, quienes han solicitado mayor acceso a la información técnica que respalda la decisión.

Mientras se resuelve la tutela, las labores de aprovechamiento forestal deberán permanecer suspendidas por orden judicial.


RP
Redacción PDM

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