Constituyente y ‘fast-track’ | Opinión
- Publicado en Ago 04, 2024
- Sección Lo Mas Reciente, Columnistas
Para que se den una idea del alcance del instrumento propuesto y bautizado como ‘fast-track’, baste recordar que es un insólito mecanismo cuyas características principales se pueden resumir en que el trámite de los actos legislativos y las leyes se vuelve cosa de días.
Veamos. En primer lugar, las iniciativas del Gobierno se tramitan en comisiones conjuntas, así se trate de reformas de la Constitución, lo cual hoy está prohibido; las reformas constitucionales se aprueban en una vuelta y no en dos, lo que significa pasar de 8 debates a cuatro o, mejor, a tres, ya que las comisiones constitucionales sesionan conjuntamente, lo que también está prohibido para aprobar reformas constitucionales.
Los tiempos entre debate y debate se acortan a la mitad, con lo cual una reforma constitucional podría ser aprobada en menos de un mes; todo puede aprobarse en sesiones extraordinarias, lo que tampoco se puede sin el régimen excepcional propuesto, todas las votaciones son en bloque, o sea, sí o no; ningún otro tema se puede discutir en el Congreso, pues estos tienen total prioridad, y como si todo esto fuera poco, el control de la Corte Constitucional no se puede hacer sobre el contenido de los temas sino solo sobre el trámite de estas, con lo cual se limitan absolutamente su competencia y funciones. Además, los términos procesales para que la Corte resuelva se reducen a la tercera parte.
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Este instrumento en manos de Petro reviste la mayor gravedad porque, tal como ha anunciado, su pretensión es acudir a este para aprobar toda su agenda de cambio, lo cual no solo incluye todos los temas cobijados por la llamada ‘paz total’, sino otros tan controversiales como la modificación de las vigencias futuras y el plan fiscal de mediano plazo o aquellas relativas a la distribución del Sistema General de Participaciones o las que desarrollan su ‘Plan Marshall’ o las inversiones forzosas. También se buscaría, con este mecanismo, extender el plazo para la implementación del Acuerdo de Paz por siete años más. El ‘fast-track’ es mucho más peligroso que la propia constituyente.
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