Base principal de la reforma tributaria: personas naturales y revisión de las exenciones
- Publicado en Ago 11, 2022
- Sección Nacional
El gobierno de Gustavo Petro presentó la nueva reforma tributaria ‘por la igualdad y la justicia social’, con el objetivo de recaudar 50 billones de pesos: 25 billones en el 2023 y la otra mitad paulatinamente hasta el 2026.
La reforma fue radicada por el ministro de Hacienda, José Antonio Ocampo y está sujeta al debate en el congreso, donde ambas cámaras lo podrían modificar. Algunos puntos clave que aparecen en el texto radicado son analizados por docentes del Politécnico Grancolombiano:
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Impuestos para personas naturales:
Aquellas personas que ganan menos de $3.5 millones, continúan sin pagar impuestos; aquellos que ganan hasta $10 millones, continúan declarando renta como lo venían haciendo; el aumento lo tendrán quienes ganan más de $10 millones.
“Esta reforma incrementa progresivamente la tarifa efectiva de tributación a partir del umbral de ingreso de $10 millones, donde la mayor proporción del incremento en el recaudo lo concentra el segmento de mayores ingresos. En la depuración del impuesto de renta, en las rentas laborales, no se permite detraer los costos y deducciones asociados a esta actividad, mientras en las rentas de capital, honorarios e ingresos no laborales, sí”, analiza la docente tributarista Rosa Jazmín Cuellar, integrante del Consultorio Tributario.
También agrega que: “este mayor impuesto se limita los beneficios tributarios amplios a quienes tienen ingresos muy altos; al igual que se pretende corregir la inequidad existente en el actual sistema tributario, que beneficia a los de mayores ingresos, y que mientras los asalariados están tributando de forma regresiva, los ingresos no salariales tienen múltiples beneficios”.
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Otro cambio que trae la reforma es que las personas con patrimonios superiores a los $3000 millones de pesos pagarán una tasa que arranca en 0.5 %, mientras que, aquellos con patrimonios superiores a los $5000 millones, pagarán el 1 %. Se busca evitar la evasión de este impuesto.
Al respecto, la docente Cuéllar explica que: “el establecimiento de un impuesto al patrimonio de la población más privilegiada propende por la equidad del sistema tributario, al gravar los capitales superiores a 3.000MM o más de 72.000 uvt (patrimonio líquido determinado de conformidad con las normas para su depuración), poseídos el 1ro. de enero de cada año, para que paguen por la rentabilidad que pueden obtener a partir de los mismos, con tarifas de 0,5% y 1,0%; al igual que, fomenta los activos productivos. Este impuesto no sería deducible en el impuesto de renta”.
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Además, los pensionados que ganen por encima de los 10 millones de pesos empezarán a tener impuestos. “Esta norma no se aplica al pensionado que gane 10 millones de pesos mensuales o menos, de los cuales se piensa no perciben otros ingresos, con lo cual se protege la mesada pensional de acuerdo con la Constitución.
“Sin embargo, los pensionados que ganan más de 10 millones contribuirían al mayor recaudo de este impuesto, a través de la reducción de la renta exenta, disminuida de 12.000 uvt a 1.790 uvt anuales, considerando que la pensión máxima reglamentada es de 25 SMMLV”, agregó la docente.
Impuestos para personas jurídicas:
La tasa impositiva de las empresas no subirá, pero sí se eliminarán los beneficios asimétricos y el tope máximo la tarifa de beneficios tributarios para empresas.
La docente Cuéllar analiza este cambio: “Las medidas contenidas en la propuesta de reforma tributaria le apuntan a reducir los beneficios tributarios, para los segmentos de mayores ingresos y redistribuir en favor de los más vulnerables, para mejorar la equidad horizontal del sistema”.
Los beneficios tributarios siguen operando, pero se limitan, para evitar el uso excesivo de beneficios tributarios en cabeza de una sola persona natural o jurídica. “Se propone mejorar la eficiencia de la asignación de recursos, priorizando estímulos focalizados a sectores estratégicos, maximizando la rentabilidad de los factores de producción”, dijo.
‘Impuestos saludables’ y a los plásticos de un solo uso:
Se establecen los llamados “Impuestos saludables”, especialmente para los sectores de bebidas azucaradas y alimentos ultra procesados.
Ante estos impuestos, la decente afirma que: “las bebidas azucaradas se gravarían en función del contenido de azúcar en gramos por cada 100 mililitros de bebida. Los productos comestibles ultraprocesados, como embutidos y golosinas, se gravarían a la tarifa del 10 %”.
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Colombia es uno de los pocos países de la región que no ha implementado impuesto a estos productos, sin embargo, su consumo es una de las principales causas de enfermedades que afectan el sistema de salud, aseguró.
También se grava la venta e importación de los productos plásticos utilizados para envasar, embalar o empacar bienes por única vez. “La tarifa es de 0,00005 UVT por cada (1) gramo del envase, embalaje o empaque, lo que equivale a $1,9 pesos por gramo” agregó.
Impuesto a los combustibles:
Se establece un impuesto a las exportaciones de petróleo y carbón. “Esta es una contribución especial del sector minero-energético. El petróleo, el carbón y el oro son productos mineros importantes que en la exportación tienen precios altos. Parte de esos beneficios se capturan para el fisco nacional, como pago al Gobierno por los derechos a exportar un bien o servicio a otro país”, analiza la docente.
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En cuanto a la eliminación de la exclusión de IVA, la exención de aranceles y del impuesto nacional a la gasolina y el ACPM en Zonas de Frontera, la docente María Eugenia Vega, de la Facultad de Negocios, Gestión y Sostenibilidad, analiza que a partir del 2005 existe una robusta normatividad relacionada con el régimen especial de Zonas Francas.
Lo anterior, por la necesidad que tiene el país de armonizar esto con lo establecido por la Organización Mundial del Comercio (OMC), esto con el propósito de incrementar la eficiencia del gasto tributario de la nación, así como también promover el desarrollo y el crecimiento económico de estas regiones.
Otros:
También habrá control de los beneficios a las importaciones por medio de envíos postales y no habrá IVA para la canasta familiar. Se aumentará el impuesto a la ganancia ocasional (rifas y herencias). Una de las medidas más esperadas es la eliminación del día sin IVA, lo que tendrá efectos en la economía colombiana.
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