martes, 19 de marzo de 2024
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Declaración de bienes | Opinión


Declaración de bienes | Opinión 1
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Redacción PDM

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Declaración de bienes | Opinión 2

Por Fernando Grillo, Director de Función Pública  

Desde el Departamento Administrativo de la Función Pública recordamos quiénes son los sujetos obligados por la Ley 2013 de 2019, que cumple su primer año de entrada en vigencia, y que las declaraciones de bienes, renta y el registro de los conflictos de interés, deberán ser efectuados a través de un aplicativo dispuesto por Función Pública en el Sistema de Información y Gestión de Empleo Público (Sigep).

Es un deber de todos los servidores públicos que ocupan un alto cargo en la administración pública o tienen una responsabilidad en la toma de decisiones de las entidades. También los contratistas en el Estado son sujetos obligados a presentar su declaración de bienes y rentas y conflictos de interés. Desde Función Pública seguimos trabajando para que los colombianos tengan un Estado más transparente y abierto en la información.

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La Ley 2013 de 2019 convoca, entre los sujetos obligados a presentar la declaración, al presidente de la República, vicepresidente, ministros, congresistas, directores de entidades nacionales y territoriales, magistrados, embajadores y cónsules y en general, a quienes ejerzan cargos directivos y gerenciales en el Estado; así como a todas las personas electas mediante voto popular.

También están obligadas los directivos o gerentes de entidades públicas que prestan servicios públicos, como instituciones de salud, instituciones educativas de cualquier nivel escolar, entre otras; las personas jurídicas que prestan función pública como curadores, notarios, presidentes de cámaras de comercio, entre otras; y aquellas que administran bienes o recursos públicos como fideicomisos, fondos cuenta y organizaciones gremiales que administren recursos, entre otras.

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Igualmente, deben hacerlo todas las personas naturales y jurídicas que celebren contratos con el Estado, independientemente del tipo de contrato y monto.

La presentación de la declaración de bienes y rentas, deberá ser actualizada cada año mientras subsista la calidad de sujetos obligados.

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