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Opinión || Efectos de la inocencia de Unión Magdalena


Opinión || Efectos de la inocencia de Unión Magdalena 1
Llaneros F.C
RP
Redacción PDM

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Opinión || Efectos de la inocencia de Unión Magdalena 2
Alfonso Sierra Trujillo, periodista deportivo.

Por: Fernando Sierra 

En medio del jolgorio, el alistamiento de la cena y la selección de la música para despedir el año, pasó casi desapercibida el 31 de diciembre la noticia sobre el archivo de la investigación en contra de Unión Magdalena por la Comisión Disciplinaria de la Dimayor, entorno al sonado caso del partido frente a Llaneros Fútbol Club.

No es extraño que a la hora del ‘escándalo’, grandes titulares abran las portadas de los periódicos, medios radiales o televisivos, pero al momento de los fallos de los órganos investigadores, que declaran inocentes a los ‘presuntos culpables’ (‘condenados’ sin pruebas en la picota pública), las publicaciones ocupen lugares secundarios en los medios informativos; si es que se hacen conocidas.

“De forma específica, los jugadores del Club Unión Magdalena S. A., en el encuentro deportivo objeto de investigación, antepusieron los valores de lealtad, respeto mutuo y dignidad, mostrando respeto al adversario dentro del terreno de juego y propendieron por el mantenimiento del espíritu deportivo y el juego limpio, no encontrándose en ningún momento objetada su actuación por parte de los expertos del equipo de integridad de la FIFA”, indicó la resolución emitida por la Comisión Disciplinaria de la División Mayor del Fútbol Colombiano.

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También dice que: “En atención a lo expuesto, ni los jugadores, ni el cuerpo técnico, cuerpo médico, el delegado o el representante legal del Club Unión Magdalena S. A., pueden ser vinculados a una investigación formal, puesto que el material probatorio recaudado hasta el momento, no permite colegir que estos sujetos hayan sido partícipes de las conductas reprochadas, y como consecuencia, sus acciones durante el partido investigado no constituyen una infracción disciplinaria y/o ética”.

En un país de derecho como Colombia, no solo es obligatorio sino necesario esperar y respetar las decisiones de los cuerpos de investigación. Para eso es la justicia. No acatarlos, o poner en tela de juicio su transparencia y rectitud, es sencillamente acabar con el estado de derecho, y entrar en la anarquía. Gústenos o no, hay jueces para que investiguen y fallen con base en pruebas contundentes, no en presunciones, ni en lo que a priori creemos.

Tras la última jugada del partido que dejó ganador a Unión Magdalena en su visita a Llaneros FC con marcador de 1 a 2 goles (que le dio la vuelta al mundo), sorprendente, por cierto, y de la que seguimos esperando saber algún día ¿por qué pasó lo que pasó?; brotaron como de una olla de presión, a la que se le levanta la tapa de seguridad, todo tipo de opiniones infundadas, calenturientas, condenatorias e irresponsables, muchísimas de ellas.

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Corruptos, vendidos, compradores y amañadores de partidos, fueron algunos de los tantos calificativos con los que boquisueltos y manos ligeras en los teclados, vilipendiaron la honra de los jugadores, cuerpos técnicos, directivos, y el nombre de los dos clubes. Destilaron todo su veneno, sin tener como fundamento prueba que sustentara sus injuriosas y calumniosas acusaciones. Olvidando de paso, que la libertad de expresión y de opinión, exige total responsabilidad de quien emite juicios y los hace públicos. Y que actuar sin ella, puede traer consigo consecuencias jurídicas.

Más allá de la jugada, absolutamente atípica y excepcional en un partido del fútbol profesional (grabada en unos cuantos segundos de vídeo, repetidos hasta más no poder), nada permitía sacar conclusiones repentinas y aceleradas para explicar el porqué de lo sucedido, y menos arrastrar a la topa tolondra con la dignidad humana e institucional, sin tener los fundamentos que avalaran lo dicho al fragor del ‘folclorismo’, con el que se dicen tantas cosas.

El fallo que declara inocente a Unión Magdalena, y de contera libera de cualquier responsabilidad en tal sentido de Llaneros FC; sin embargo, no nos dice ¿qué llevó a la pasividad de los jugadores locales, que favoreció el legítimo segundo gol del equipo samario?, es la pregunta del millón y medio. Ojalá algún día salga a la luz esa verdad, y todos la sepamos.

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Se dice que la Comisión Disciplinaria de la Dimayor continúa investigando a Llaneros FC para determina si hubo alguna actitud antideportiva. Vale preguntarse ¿cómo se evaluaría y calificaría esa conducta, de ser hallada por los comisionados, desde luego, y bajo qué normas sancionatorias podría imponerse una penalización, de llegar a fijarse?

Contrario a lo pensado y a lo creído siempre, producto del entendido histórico del juego, en ninguna parte del Reglamento del Fútbol se menciona que un equipo está obligado a defenderse, y que no hacerlo, es causa de conducta antideportiva. Imponer una pena a un defensa o a un club por ser pasivo o permitir un gol, sería tanto como castigar a un delantero o al equipo, porque el atacante tiró el balón por fuera y no marcó un gol, con el arco vacío.

De acuerdo con las normas que rigen este deporte, el único futbolista con función definida en el campo es el arquero; los restantes 10 son jugadores de campo, sin funciones específicas. Entonces cómo determino con base en la reglamentación (no en la intuición), ¿quién o quiénes está obligados a defender en un partido? Y por lo mismo, ¿cómo castigo a unos defensas que legalmente no existen, por facilitar una anotación?

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A quien deja la puerta de entrada a su casa abierta y los amigos de lo ajeno se llevan sus pertenencias, ¿la Policía o la justicia tienen herramientas legales para castigarlo por no cuidar su propiedad? Las autoridades lo protegen hasta donde sea posible, mas es su responsabilidad personal o familiar, cerrar la puerta y evitar que le quiten lo que es de su propiedad.

En el fútbol, defenderse es potestad de cada equipo, como marcar goles, empatar y ganar partidos. ¿Acaso no ha habido equipos que han ido a sacar empates y se han plantado en la cancha para obtener ese resultado? ¿Acaso no se han manejado resultados en determinados juegos, para favorecerse al final en posiciones en la clasificación, de cara a buscar quedar en ciertos grupos o enfrentar rivales accesibles en fases siguientes de los campeonatos?

Eso sí, todos queremos que los equipos que apoyamos salgan siempre triunfadores, no permitan goles, marquen muchos y ganen títulos. Que haya transparencia y juego limpio en cada partido y en todos los torneos; pero una cosa es el querer y el deber ser, desde la perspectiva lógica del juego, y otra lo que dicen las normas de la competencia futbolística. El tema es controversial, seguramente, sin embargo, debe verse con serenidad y sin apasionamientos.

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La jugada ocurrida en el estadio Manuel Calle Lombana, probablemente será objeto de análisis por la Internacional Board, entidad conformada por cuatro asociaciones del Reino Unido y la FIFA, la cual se reúne anualmente para estudiar, definir y modificar las reglas del fútbol, de mirarse necesario, pues en este, como en todos los deportes, hay grises o vacíos reglamentarios susceptibles de ser modificados. Es normal.

Si la misma estimula en el reglamento, que una acción manifiesta de un equipo que permite un gol, es causal de conducta antideportiva, y penalizable; los árbitros o las comisiones disciplinarias en el mundo, tendrían un instrumento legal para sancionar. No obstante, vale preguntarse, al ser de interpretación, y por lo tanto algo subjetivo, con qué parámetro se ponderaría o evaluaría la situación ‘inminente’, cuándo y en qué circunstancias se tipificaría la conducta antideportiva; el asunto no es sencillo.

Hoy por conductas antideportivas en un partido del fútbol se entiende, de acuerdo con las normas vigentes, acciones como simulaciones para tratar de engañar a un árbitro, burlar la regla en los tiros libres, convertir un gol con la mano (lo que hizo Diego Maradona en el Mundial de México 1986), expresiones físicas o verbales contrarias al espíritu deportivo, por ejemplo. Nada de eso pasó en el tanto de Unión Magdalena.

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El Código Único Disciplinario del Fútbol Colombiano en el artículo 93 establece en el numeral 1 que: “El directivo, personal técnico, funcionario administrativo de un club, selección municipal o departamental y en general el oficial u oficial de partido que por cualquier medio ofrezca o reciba recompensa para obtener un resultado determinado en un partido, será sancionado con suspensión para ejercer todo tipo de actividades deportivas y administrativas relacionadas con el fútbol de dos (2) a cinco (5) años y multa de treinta (30) a ciento cincuenta (150) salarios mínimos legales mensuales vigentes al momento de la comisión de la infracción”. El Artículo ni siquiera menciona jugadores.

Y en el numeral 2 del mismo se indica que: “Si a juicio de la autoridad o comisión disciplinaria como consecuencia de la aceptación del ofrecimiento la actividad competitiva del club, selección municipal o departamental pudiera tener incidencia en el resultado del encuentro, se impondrá además la sanción de derrota por retirada o renuncia”.

Para la Comisión Disciplinaria de la Dimayor a Unión Magdalena, queda claro que no hubo dádiva alguna ni arreglo para favorecer el resultado que los dejó ganadores y ascendidos en Villavicencio. Nadie puede ser condenado por sospecha, sino con pruebas contundentes e irrefutables. La inocencia se presume y la culpabilidad se demuestra, aquí y en toda parte.

Posdata: Según las normas del fútbol, de hallar responsables en la jugada, por supuesto, a quien le correspondería imponer sanciones sería al propio Llaneros FC, pues a los jugadores los tiene para defender sus propósitos deportivos (proteger su arco, uno de ellos), y dejar de hacerlo permitiendo un gol en su arco, sería faltar a un deber contractual con el club que le paga por prestarle un servicio laboral.

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