Sacerdotes acusados de pederastia perdieron tutela
- Publicado en Ene 19, 2022
- Sección Judicial
El pasado 14 de enero, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio, dio a conocer el fallo que ampara la circulación del libro ‘Este es el cordero de Dios’, del periodista Juan Pablo Barrientos, donde relata la historia de un niño que, presuntamente, fue abusado sexualmente y durante varios años por un grupo de 38 sacerdotes colombianos.
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Con la acción de tutela, los clérigos Carlos Julio Beltrán Gutiérrez, Wilson Alirio Sandoval Niño, Fernando Rodríguez Lozano y Ricardo Eduardo Calderón Sánchez, buscaban la suspensión, reproducción, comercialización y venta del libro, argumentando que este “viola sus derechos fundamentales a la honra, buen nombre, e intimidad”.
El fallo del Tribunal se sustenta en que estos derechos violados supuestamente por el periodista “no se lograron probar por los accionantes dentro del documento, pues no se aportó prueba siquiera sumaria, que así las acreditara”. Es decir, consideró improcedente la solicitud de los sacerdotes.
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Asimismo, sostuvo que, por el contrario, Barrientos sí argumentó lo que expone en el libro, ya que “la información divulgada es el resultado de un proceso juicioso de reportería que incluyó entrevistar a la víctima, su abogada, y miembros de la Iglesia católica”. A su vez, se consideró que la información y datos revelados en la obra del periodista “a pesar de ser disconformes para los involucrados, respetan su presunción de inocencia”.
Adicionalmente, la sentencia indica que lo sostenido en el libro se encuentra amparado “por la libertad de expresión” y el acceder a las pretensiones de los religiosos “podría causar una afectación intensa a dicho derecho fundamental del periodista y de todos los sujetos que sean titulares de algún tipo de derecho sobre la producción audiovisual del texto”.
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Cabe recordar que, la tutela que llegó hasta esta instancia se resolvió en primer momento por el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Villavicencio, quien, en el mes de octubre de 2021, decidió que, en esta pelea jurídica, prevalece el derecho a la libertad de expresión del periodista, que el de la honra, buen nombre e intimidad de los sacerdotes.
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Sin embargo, el fallo proferido en esa ocasión no desconoció los derechos de los clérigos, sino que aclaró, al igual que ahora lo hace el Tribunal, que los religiosos no lograron probar la afectación que manifiestan sentir y vivir con la publicación de esta obra.
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